La Audiencia de Ciudad Real ha dictado una sentencia por la que condena a una entidad bancaria a devolver en su totalidad al demandante los pagos realizados en exceso como consecuencia de la cláusula suelo que ha sido anulada.
En esta sentencia, la primera que se produce después de que la Audiencia de Ciudad Real, como adelantó La Tribuna, acordara en pleno el «efecto devolutivo» de las cláusulas suelo hipotecarias, el pasado día 3 de octubre, resuelve el caso de un particular después de que el Tribunal provincial acordase en pleno no jurisdiccional reconocer el efecto devolutivo de las cantidades percibidas indebidamente por entidades bancarias y la posibilidad de modular esta retroactividad.
La resolución de la Audiencia Provincial estima el recurso interpuesto por un particular que solicitaba la devolución de las cantidades pagadas como consecuencia de una cláusula suelo establecida por una entidad bancaria en el contrato de un préstamo con garantía hipotecaria, que fue anulada en primera instancia por un juzgado de Ciudad Real.
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