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Local

07/07/2009

Normativa

Prohibido correr, cruzar indebidamente y aparcar a 25 centímetros del bordillo

La nueva ordenanza de Movilidad podrá sancionar con 75 euros estas acciones de peatones y conductores • El texto entró ayer en vigor

Con la nueva normativa cruzar de forma indebida por un cruce se podrá sancionar con una multa de 75 euros

Rueda Villaverde
R. Ch.

Un total de 251 infracciones, con sus correspondientes sanciones, aparecen recogidas en la nueva ordenanza de Movilidad de Ciudad Real a la que deben acogerse desde ayer tanto los conductores que circulen por la capital como los peatones.
En concreto, la nueva ordenanza encargada de vigilar la movilidad de la ciudad recoge once tipos de infracciones distintas para los viandantes, con sanciones que van desde las más leves, que suponen multas de 60 euros cuando se circule por la calzada cuando existan zonas habilitadas para los peatones, a la infracción más grave, en el caso de no obedecer las señales o indicaciones de los agentes de la Policía Local o los agentes de movilidad. En este caso, la multa puede llegar a ser de hasta 200 euros.
Además, la ordenanza, que se estrenó ayer, también incluye otras normas relacionadas con la circulación peatonal. Por ejemplo, cruzar una plaza, un cruce o una glorieta sin rodearla le costará al peatón una multa de 75 euros, mientras que correr o saltar por la vía pública también puede suponer una sanción de otros 75 euros.
Así que descartada la posibilidad de imitar al plusmarquista mundial de los 100 metros lisos, Usain Bolt, por las calles de la capital, el peatón también tendrá que andar ojo avizor con los agentes municipales en el caso de que se «concentre» en una zona verde siendo «previsible» causar daños, si participa en una procesión sin utilizar los medios que eviten extender cera por el firme, o si le da por formar grupos en las vías que entorpezcan la circulación o permanece, «incluso individualmente», dificultándola. Todas estas situaciones están contempladas en la Ordenanza de Movilidad y están castigadas con una multa de 75 euros que serán 100 si, por ejemplo, el peatón no respeta la luz roja del semáforo y 125 en el caso de circular con un vehículo.

(Más información en la edición impresa)    

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