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viernes, 18 de mayo de 2012
España
Las consecuencias políticas de la crisis

La Justicia duda de que la rebaja del sueldo a los funcionarios sea legal

Agencias/Madrid - viernes, 08 de octubre de 2010

La Audiencia admite un recurso de los sindicatos y argumenta que el recorte de nóminas podría atentar contra la Constitución por vulnerar el derecho a la negociación colectiva

La solidaridad bien entendida empieza siempre por uno mismo, poco importa que se tenga garantizado de por vida el puesto de trabajo. De ahí que los funcionarios públicos, aunque a buen seguro son también conscientes de la necesidad de recortar el gasto, no estén dispuestos a que el Gobierno toque siquiera un ápice su tradicional blindaje laboral, herencia de tiempos pasados y que no solamente les asegura una nómina ad aeternum, sino que, al menos según su interesado punto de vista, debe impedir también que se recorten sus emolumentos.

En defensa de tal postura, los sindicatos presentaron hace algunos meses ante la Justicia un recurso contra la decisión del Gobierno de rebajar las nóminas de los funcionarios en un cinco por ciento y ayer mismo la Audiencia Nacional decidió que dicha queja debe cuanto menos ser estudiada, puesto que aprecia dudas sobre la constitucionalidad de dicho tijeretazo salarial.

Según la providencia que ayer dio a conocer CCOO, la Sala de lo Social del tribunal ha decido abrir una vía procesal para estudiar si el decreto Ley de 20 de mayo sobre Medidas Extraordinarias para la reducción del déficit, que incluye la rebaja de sueldo de los asalariados del sector público contraviene la Carta Magna. De esta forma, admite la demanda de conflicto colectivo presentada por UGT, CCOO y el Satpn de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) contra el Ministerio de Economía y la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF).

La resolución conocida ayer pero fechada el 30 de septiembre, que concede 10 días a las partes para presentar sus alegaciones, cuestiona la legalidad de la nueva redacción de los artículos 22,4 y 25 de la citada Ley, ya que podrían afectar «al contenido esencial» del derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva.

No se aplicó a todos. El tribunal también pone en duda si la reducción de las nóminas de los funcionarios afecta al «derecho de igualdad», ya que se establece la reducción salarial sobre determinadas entidades del sector público, pero deja fuera de los recortes al personal laboral no directivo de empresas públicas como Renfe, ADIF y AENA, que se rigen por sus convenios colectivos.

Por todo ello, a juicio del abogado de CCOO Enrique Lillo, el pronunciamiento previo de la Audiencia refuerza la posición del sindicato, que sostiene la completa vigencia de los convenios y acuerdos colectivos alcanzados para 2010 en las administraciones y sector públicos.

Tal punto de vista choca frontalmente con el del Gobierno, que, tras conocer la providencia, manifestó su confianza en que el recorte salarial se enmarca «plenamente» en la legalidad, dado que solo supone la revisión de uno de los puntos del acuerdo que firmó el Ejecutivo con los sindicatos de la Función Pública el pasado 25 de septiembre de 2009 y está «avalada» por el Estatuto Básico del Empleado Público, que prevé la posibilidad de suspender o modificar los pactos y acuerdos alcanzados con los sindicatos «de manera excepcional por interés público».

En el caso concreto del recorte del sueldo a los funcionarios, el Gobierno afirma que fue una medida derivada de una «alteración sustancial» de las circunstancias económicas, lo que obligó al Ejecutivo a aprobar un plan de ajuste del gasto público que incluyó esta rebaja.

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